El Impuesto sobre el patrimonio viene regulado por la ley 19/1991.

A efectos recordatorios la ley 4/2008 estableció una bonificación Estatal del 100 por 100 de la cuota del impuesto sobre el patrimonio Wealth tax in Spaindesde 01.01.2008 y ya no había obligación para declarar este impuesto.

Aun habiendo dicho esto, y como consecuencia de la crisis en España, se restableció temporalmente la obligación de declarar este impuesto entre los ejercicios 2011 y 2017, debiendo presentar las declaraciones para el año 2012 hasta 2018.

Aunque los Gobiernos autonómicos recaudan cada año alrededor de 1.000 millones de euros con este controvertido Impuesto sobre el Patrimonio, en el ordenamiento jurídico fiscal Español, no hay en la actualidad ninguna norma que haya vuelto a prorrogar la obligación de presentación del Impuesto sobre el patrimonio para el ejercicio 2018.

Aun habiendo dicho lo arriba mencionado los  contribuyentes afectados por este tributo no deben cantar victoria. Hacienda tiene margen para rectificar.

Quien tiene que presentar el Impuesto sobre el Patrimonio en España?

Están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre el patrimonio las personas físicas cuya cuota tributaria resulte a ingresar o cuando el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 2.000.000 euros.

Es relevante mencionar que Las personas físicas que sean residentes fiscales en España tienen que declarar por obligación personal.

Las personas físicas que no sean residentes fiscales en España tienen que declarar el impuesto sobre el patrimonio por obligación real.

Cual es la escala del impuesto sobre el patrimonio es Andalucía?

En la Comunidad Autónoma de Andalucía la cuota tributaria se calcula teniendo en cuenta la siguiente escala

Base liquidable Hasta euros Cuota íntegra Euros Resto base liquidable Hasta euros Tipo aplicable Porcentaje
0,00 0,00 167.129,45 0,24%
167.129,45 401,11 167.123,43 0,36%
334.252,88 1.002,75 334.246,87 0,61%
668.499,75 3.041,66 668.499,76 1,09%
1.336.999,51 10.328,31 1.336.999,50 1,57%
2.673.999,01 31.319,20 2.673.999,02 2,06%
5.347.998,03 86.403,58 5.347.998,03 2,54%
10.695.996,06 222.242,73 en adelante 3,03%

¿En 2017 sigue vigente el Impuesto sobre el Patrimonio?

Si. Lo estará por último año, bonificándose al 100% para 2018. No hay por tanto presentar el impuesto sobre el patrimonio en el año 2019.

Con efectos desde 1 de enero de 2018, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 19/1991, de 6 de junio , del Impuesto sobre el Patrimonio:

 

Sobre la cuota íntegra del impuesto se aplicará una bonificación del 100 por ciento a los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir.

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Para ver una actualización del contenido de este blog vea :Impuesto sobre el patrimonio en España, caso particular de Andalucía

Así mismo, lea más sobre el tema :Impuesto sobre el patrimonio de no residentes